El Consejo Económico Social se encuentra previsto en el artículo 77 de la Constitución Provincial, incorporado a la misma en la reforma del año 1986:
“Artículo 77: Planificación. Consulta a los Sectores Interesados. Los poderes públicos, en consulta con los sectores productivos y del trabajo interesados, sancionan planes económico-sociales indicativos para el sector privado de la económica e imperativos para el sector público provincial y municipal. Dichos planes procuran el desarrollo equilibrado y armonioso de la Provincia, conjugando los interese de sus diversas regiones con los de las provincias del noroestes argentino y de la Nación. Por ley se crea el Consejo Económico Social integrado por representantes de la producción, el trabajo, la cultura, la ciencia y la tecnología. Dicho Consejo es órgano de consulta de los poderes públicos. Es obligatorio consultarlo previamente en el caso de planes económico-sociales, culturales, científicos y tecnológicos.”
El Consejo fue creado en el año 2013 por Ley N° 7784, con el carácter de persona jurídica pública no estatal.
Es un órgano colegiado y consultivo de los Poderes Públicos en materia de planes económicos-sociales, culturales, científicos y tecnológicos; y tiene a su cargo dictaminar sobre la actualización y ampliación del Plan de Desarrollo Estratégico Salta 2030.
El Consejo está formado por un Presidente, dos Vicepresidentes y esta integrado por un mínimo de 25 y un máximo de 35 consejeros en representación de los sectores. Su primera integración fue dispuesta por Decreto N° 3569/13.